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Los bomberos forestales ya pueden jubilarse a partir incluso de los 59 años2Foto© larazon.es

Los bomberos forestales ya pueden jubilarse a partir incluso de los 59 años

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A partir de la entrada en vigor de este texto, el coeficiente especifico reductor del colectivo de bomberos forestales será el mismo que el que se aplica al servicio de administraciones u organismos públicos: un 0,20, siempre y cuando la persona acredite un período mínimo de cotización de 15 años bajo la condición de bombero forestal.

Es decir, el profesional que acredite el mínimo de cotización verá reducida su edad de acceso a la jubilación en 3 años (el resultado de aplicar a los 15 años que ha estado ejerciendo esta profesión, el coeficiente reductor del 0,20).

No obstante, el bombero forestal podrá anticipar el acceso a la jubilación hasta un máximo de cinco años de lo que le correspondería a su edad ordinaria de jubilación. Es decir, un trabajador que pudiese jubilarse a los 65 años, como máximo podrá anticipar su edad de jubilación a 60 años. A modo de excepción, se podrá anticipar hasta 6 años en el caso de quienes acrediten un periodo de cotización de 35 años de actividad como bombero forestal.