© hoy.esEl Tribunal Superior cataloga de accidente de trabajo la baja por ansiedad de un empleado agredido por su compañero
De hecho, la prescripción de la baja vino motivada por este mismo estado de ansiedad en el que se encontraba el trabajador afectado (A.O.O.) tras sufrir una agresión física de manos de otro empleado. Según ha manifestado CC OO, tampoco la empresa habría considerado el episodio como un accidente de trabajo ya que, según aludieron en la sociedad, el empleado dado de baja «tenía muchas dificultades personales, extralaborales y derivadas de sus características personales». Un argumento que la sentencia no llega a valorar, calificando el trabajo como causa exclusiva de su diagnóstico de ansiedad .
CC OO de Euskadi ya denunció la semana pasada que la misma mutua tampoco había reconocido como accidente de trabajo la ansiedad de una trabajadora de Limpiezas Impacto SL, que también habría sufrido agresiones verbales y amenazas por otra compañera de trabajo. Una situación que también la justicia tuvo que revertir a contingencia profesional.
El responsable de salud laboral en el sindicato, Alfonso Ríos, ha puesto en valor la decisión del TSJPV y la forma en que argumenta cómo las lesiones de tipo psíquico derivan de un accidente de trabajo.