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La Justicia Europea confirma que los accionistas del Popular no tenían derecho a una compensación europea4Foto© larazon.es

La Justicia Europea confirma que los accionistas del Popular no tenían derecho a una compensación europea

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El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) -en primera instancia del TJUE- confirmó este miércoles que los acreedores y accionistas que sufrieron pérdidas con la resolución del Banco Popular en 2017 no tienen derecho a una compensación a cargo al Fondo Único de Resolución (FUR), ya que esta no sería mayor que la que resultó de su resolución.

En varias sentencias - contra las que aun cabe recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en el plazo de dos meses y 10 días - la corte de Luxemburgo avala el criterio de la Junta Única de Resolución (JUR), que en 2020 concluyó que los afectados no tenían derecho a ser compensados puesto que no hubiesen salido mejor parados si se hubiese realizado una liquidación al uso de la entidad, en lugar de haber seguido la vía de la resolución (que acabó con la venta de la entidad al Santander por un euro), según el comunicado emitido por el tribunal.

Se estima que accionistas y tenedores de deuda subordinada perdieron entonces 11.400 millones de euros, en aplicación de las normas bancarias europeas adoptadas tras la crisis financiera para evitar rescates públicos que, precisamente, se estrenaron con el caso del Popular.