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Hasta 600 euros por colgar la bandera de España de tu balcón durante el Día de la Hispanidad29Foto1Video© larazon.es

Hasta 600 euros por colgar la bandera de España de tu balcón durante el Día de la Hispanidad

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El Día de la Hispanidad está a la vuelta de la esquina y muchos ciudadanos celebran esta jornada colgando una bandera de España en sus balcones. Sin embargo, este gesto –aparentemente inofensivo– puede conllevar una multa cuando se realiza en edificios sujetos a la Ley de Propiedad Horizontal. La normativa establece que cualquier modificación en la fachada, incluidas banderas u otros símbolos visibles desde el exterior, debe contar con autorización de la comunidad de propietarios.

El artículo 396 del Código Civil y la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal consideran que la fachada de un edificio se considera un elemento común. Por ello, cualquier alteración que afecte a su estética –desde la colocación de toldos hasta el despliegue de una bandera– requiere acuerdo comunitario. El artículo 7.1 de la ley permite a cada propietario realizar obras dentro de su vivienda, siempre que no afecten a la estructura o al aspecto exterior. En consecuencia, instalar una bandera en la parte externa del balcón sin permiso puede considerarse una infracción.

Sin embargo, existe una posibilidad de colocar una bandera en la fachada sin miedo a las sanciones económicas. El artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que los acuerdos sobre elementos comunes deben aprobarse con el voto favorable de la mayoría de propietarios que, a su vez, representen la mayoría de cuotas de participación.