
El TSJC falla contra el Govern de Cataluña por excluir al español como lengua vehicular en la escuela
Esas directrices excluían al castellano como lengua vehicular y de aprendizaje del sistema educativo e indicaban a los centros que debían velar por que «el catalán en toda Cataluña y el occitano en Arán, como lenguas propias, sean las lenguas utilizadas normalmente como lenguas vehiculares y de aprendizaje del sistema educativo».
El Tribunal considera que la ausencia de mención del castellano no permite garantizar su presencia adecuada, tampoco asegura que haya instrumentos de control y evaluación para velar por que el alumnado alcance sus competencias lingüísticas, ni indicaciones a los centros educativos que compensarán las carencias que pudieran existir.
Las instrucciones señalaban también a los centros que debían utilizar solo el catalán en las actividades internas tanto orales como escritas ya fueran reunionés, actas, informes y comunicaciones, interacción entre docentes y alumnos, formaciones del profesorado y también en las relaciones externas del centro con otras instituciones. La Consejería animaba además a los centros al uso exclusivo del catalán para conformar una ciudadanía catalana identificada con una cultura común en la que la lengua catalana se convierta en un factor básico de integración social.