Una sentencia pionera exige al Ayuntamiento de Barcelona pagar el permiso parental de ocho semanas a un empleado
El Juzgado de los Contencioso Administrativo de Barcelona ha reconocido el derecho de un trabajador del Ayuntamiento de Barcelona de percibir una retribución por el permiso parental de hasta ocho semanas para el cuidado de menores de hasta ocho años, lo que supone que el consistorio catalán deberá abonar una cuantía por valor de 4.000 euros, más los intereses legales correspondientes desde la reclamación en vía administrativa interpuesta por el afectado.
El juzgado recuerda que la directiva europea 2019/1158 relativa a la conciliación de la vidEa familiar y profesional de los progenitores establece que los estados miembros deben adoptar medidas para garantizar que los trabajadores tengan un derecho individual a disfrutar de un permiso parental de cuatro meses hasta que el hijo alcance, como máximo ocho años, y que este sea retribuido, algo que todavía el legislador español "no consta que haya realizado".
Tal y como se recoge en la sentencia, el derecho español tenía hasta agosto de este año para transponer esta directiva, pero todavía "no hay legislación" respecto a los aspectos retributivos o períodos temporales a partir de los cuales el permiso sea retribuido y su eventual desarrollo reglamentario, por lo que se traslada al legislador español la necesidad de trasponer la directiva.