© hoy.esMudarse a Portugal ya no renta
Portugal aprobó en 2009 un régimen fiscal especial para los denominados residentes no habituales, personas que se convertían en residentes fiscales pero que no habían tributado en el país en los cinco años anteriores. Así, este colectivo se podía beneficiar de exenciones por rentas obtenidas en el extranjero y tipos bajos durante diez años. El objetivo era atraer actividades inversoras y profesionales con alta capacidad adquisitiva, pero en la práctica también tuvo un efecto llamada para empresarios, pensionistas y grandes patrimonios.
La norma desplazó a numerosos contribuyentes españoles atraídos por una baja carga impositiva. De hecho, bastaba con aportar el certificado de residente fiscal en Portugal, para lo que se requiere vivir 183 días al año en territorio luso (la mitad más uno) o disponer de una vivienda adecuada para ser habitada.
Pero la Agencia Tributaria consideró que no bastaba con ese documento y que parte de los ingresos obtenidos en nuestro país por los que estos contribuyentes lograban exención en Portugal gracias al nuevo régimen especial, debían pagar impuestos a este lado de la frontera. En una resolución de 2024, que fue refrendada y ampliada un año después, el TEAC le ha dado la razón, lo que consolida un nuevo criterio y avala multitud de revisiones fiscales, como indica el despacho de abogados dPG Legal.