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«Mi vecino quiere poner ascensor pero yo no lo pienso pagar»: así se resuelve la 'gran' pelea de las comunidades© hoy.es

«Mi vecino quiere poner ascensor pero yo no lo pienso pagar»: así se resuelve la 'gran' pelea de las comunidades

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«El 51% de las viviendas españolas están poco o nada adaptadas para personas con movilidad reducida o para el colectivo de personas mayores. Y el 22% de los pisos particulares carecen de ascensor», señala la Fundación Mutua de Propietarios. Un servicio que todo edificio de nueva construcción deben tener desde 2017 porque así lo regula la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

La instalación de un ascensor en edificios hechos antes de esa fecha es polémica por varios motivos, entre ellos, lo que cuesta -no suele ser una obra barata- y la necesidad. Sobre esto último, es común que alguien que viva en los primeros pisos lo vea más como un capricho. Y, sin embargo, el del octavo lo considere obligatorio. ¿Lo es?

Diana Garrido, directora del despacho Garrido y Doñaque Abogados, explica que «la decisión de instalar o no un ascensor en un edificio residencial está sujeta tanto a la Ley de Propiedad Horizontal como a los estatutos de la propia comunidad de propietarios. Siempre teniendo en cuenta la normativa municipal y la viabilidad técnica de la instalación, acreditada por un arquitecto superior».