© canarias7.esEl Supremo rebaja ocho años la condena a unos violadores grupales y sienta nueva jurisprudencia
Los testimonios de quienes socorrieron a la víctima (transeúnte, policías, funcionarios de los servicios médicos) apoyaron la versión de la mujer. Las pruebas de ADN ratificaron que los tres eran culpables de esta violación en manada cometida en mayo de 2022. Dos instancias les condenaron por tres delitos de agresión sexual a cada uno. Uno tenía una pena de nueve años y los otros dos a seis años. Eran unos 21 años de prisión para cada uno.
Ahora, en un giro de la jurisprudencia que daba «soluciones dispares a supuestos esencialmente semejantes», la Sala Penal del Supremo, que reconocía que allí se había «zigzagueado demasiado» en algunos aspectos del tema, ha rebajado sus penas. De los 21 años a los trece, ocho menos, sentando una nueva pauta para los demás tribunales, en una sentencia razonada y en contra del criterio de la Fiscalía, que se oponía a los recursos que motivaron el fallo.
Al analizar si hay tantos delitos agravados como «actos de contenido sexual», como penetraciones, por ejemplo, «llevado a cabo por personas distintas», el Tribunal mantiene que «cabe aplicar» el delito continuado en agresiones sexuales grupales si no concurren circunstancias singulares como «tiempo prolongado» o «interrupción entre las agresiones (cesura)». No hubo unanimidad.