
El Constitucional tumba la reforma del reglamento del Senado que retrasó la ley de amnistía
Concretamente, se modificó el artículo 133.2 del reglamento para otorgar al Senado la facultad de decidir si tramitar o no con celeridad una proposición de ley sobre la que el Gobierno o el Congreso haya declarado su carácter de urgencia. La Cámara Alta, de modo ordinario, tiene dos meses para tramitar los proyectos de ley (si provienen del Gobierno) o proposiciones de ley (si es de partidos políticos); sin embargo si se declara su carácter urgente los tiempos se reducen a veinte días.
La Corte de Garantías, en su sentencia de este miércoles, ponencia del exministro de justicia socialistas y magistrado Juan Carlos Campo, señala que la modificación del reglamente es inconstitucional.
El fallo indica que el cambio es contrario al artículo 90.3 de la Constitución Española que reduce el plazo de dos meses con el que cuenta el Senado para vetar o enmendar las iniciativas legislativas a veinte días cuando el "proyecto" haya sido declarado urgente por el Gobierno o el Congreso.