© canarias7.esUn réquiem a la solidaridad
El principio de solidaridad no tiene un valor ornamental o moral en el sistema político español; funge como un principio operativo que legitima la descentralización política. La autonomía territorial, tal como fue concebida constitucionalmente, no equivale a soberanía fragmentada, sino a autogobierno dentro de un marco común de igualdad sustantiva.
Esa igualdad exige redistribución y corrección de desigualdades estructurales. En el debilitamiento de estos mecanismos, el modelo de relación autonómico deja de funcionar y pasa a operar una agregación de relaciones bilaterales asimétricas. El debate actual introduce un nuevo elemento que altera ese equilibrio: el denominado principio de ordinalidad.
En términos técnicos, la ordinalidad implica que una comunidad autónoma mantenga su posición relativa en el ranking de recursos por habitante antes y después de la redistribución. En términos político-constitucionales, supone algo más relevante: la subordinación de la redistribución al orden previo de capacidad fiscal.