© canarias7.esPena de cárcel por llamar «escoria» a menores extranjeros no acompañados en Facebook
Los condenados se refirieron a este colectivo como «escoria»,«bazofia» o «gentuza» y, entre otras expresiones, afirmaron que había que crear patrullas de vigilancia para limpiar las calles y que se fueran a «su puto país a pasar hambre».
El tribunal confirma que cometieron delito de odio y considera que la libertad de expresión «no es un derecho absoluto, y no puede ser el motivo o, mejor, la excusa en que ampararse, cuando objetivamente, de manera consciente y voluntaria, se vierten expresiones o se realizan comentarios que entran en conflicto con derechos constitucionales».
La Sala estima parcialmente los recursos interpuestos por cinco de los siete condenados al aplicar la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, lo que supone la rebaja en un grado de las penas impuestas a todos los condenados por la Audiencia Provincial de Málaga.