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Los excesos de velocidad que pueden ser delito© canarias7.es

Los excesos de velocidad que pueden ser delito

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La normativa de Tráfico recoge que la velocidad genérica máxima para turismos y motos en autopistas y autovías es de 120 km/h ; en carreteras secundarias, de 90 km/h y en vías urbanas de 50 km/h. Por tanto, y teniendo en cuenta estas velocidades, los conductores que las incumplan estarán cometiendo una infracción grave o muy grave, sancionada con multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre 2 y 6 puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido.

En el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en 60 km/h en vía urbana o en 80km/h en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Para que respetemos los límites de velocidad la DGT dispone de numerosos radares, fijos y móviles , desplegados en las principales carreteras españolas. Y son varios los principales tipos de radar que pueden detectar la velocidad a la que circulamos.