© canarias7.esLa patronal pone el foco en los complementos salariales durante las bajas laborales para reducir el absentismo
El organismo, presidido por Cristina Herrero, propuso ayer la intervención temprana del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para poner freno a estas ausencias del puesto de trabajo, pero Cepyme ha ido más allá: más control, reformar los complementos salariales durante estos procesos, permitir que las mutuas puedan prescribir el alta en ciertos casos y aprovechar los recursos sanitarios del sector privado.
Esta es la receta que la patronal -en este caso, Cepyme- ha puesto sobre la mesa, y se suma a la propuesta realizada en enero por la CEOE, que planteó que las empresas dejaran de pagar cotizaciones durante las bajas. En esta ocasión, los representantes de las pequeñas y medianas empresas proponen la transformación de los complementos salariales por incapacidad temporal en incentivos, así como la posibilidad de contemplar subidas salariales adicionales en aquellas empresas que recorten el absentismo.
La redacción actual de la legislación laboral española establece que los trabajadores afiliados y en alta deben tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los cinco años anteriores a la fecha de la baja, siempre que esta se deba a enfermedad común, según la normativa. En caso de accidente o enfermedad profesional, no se exige un periodo previo de cotización.