
Gafas de sol y conducción: ¿Cuáles están prohibidas y por qué?
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha establecido una normativa clara sobre el uso de gafas de sol al volante, no solo como una cuestión de comodidad, sino de seguridad vial.
Según el Reglamento General de Conductores, estos, para ponerse al volante, deben hacerlo con la agudeza visual mínima recogida en el Anexo IV. La norma autoriza a conducir con una agudeza visual binocular de 0,5 (con o sin corrección); no obstante, se debe explicar al conductor que debe conducir con la mejor visión que pueda conseguir, y si logra una visión superior al 0,5 con gafas o lentes de contacto, aunque no esté obligado, es imprescindible que las utilice.
La agudeza visual (definición o detalle con que se perciben los objetos), el campo visual (espacio total que se abarca con la visión al mirar a un punto central) y la sensibilidad al contraste (capacidad para discriminar un objeto sobre el fondo) son capacidades básicas para conducir que pueden ser alteradas por numerosas enfermedades o trastornos del órgano de la visión (como las cataratas o el glaucoma) o las alteraciones de la refracción, (como la miopía o el astigmatismo).