El TJUE abre la puerta a anular cláusulas de IRPH en hipotecas por falta de transparencia
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha admitido la posibilidad que una cláusula sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) pueda ser anulada por falta de transparencia y pueda considerarse abusiva, si bien ha impuesto una serie de condiciones para que se aprecien tales indicios.
Se ha pronunciado a instancias del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de San Sebastián que, en su análisis de una hipoteca contratada entre un cliente y Kutxabank en 2006, decidió elevar 22 cuestiones prejudiciales para esclarecer la posible falta de transparencia y abusividad de este índice.
En concreto, el consumidor suscribió el 11 de septiembre de 2006 un contrato de préstamo hipotecario por 35 años con la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Gipuzkoa y San Sebastián (posteriormente Kutxabank) con un pago de intereses variable, calculados periódicamente tomando como referencia el IRPH de las cajas de ahorros (IRPH Cajas).