El Supremo rechaza que los jueces incrementen la indemnización por despido improcedente
El Tribunal Supremo, por unanimidad, ha determinado que la indemnización por despido improcedente de 33 días por año trabajado no puede ser modificada por los tribunales. En concreto, hace referencia a aquellas sentencias que concedían una compensación adicional al trabajador.
Así determina que una indemnización de este tipo "no puede verse incrementada en vía judicial con otras cuantías que atiendan a las circunstancias concretas del caso, sin que ello suponga una vulneración del art. 10 del Convenio núm. 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en el que tan solo se indica que la indemnización sea adecuada".
De este modo, estipula que el límite fijado por ley es el que tiene que establecerse en los casos de despido y aclara que no contraviene la normativa internacional laboral. Un fallo que supone un jarro de agua fría para el Ministerio de Trabajo, los sindicatos y muchos trabajadores, que confiaban en que el alto tribunal abriera la puerta a fijar indemnizaciones individualizadas en función de las circunstancias profesionales y personales de cada trabajador.